El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto-ley con medidas sociales, sanitarias y jurisdiccionales para aplicar al finalizar el estado de alarma

El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto-ley con medidas sociales, sanitarias y jurisdiccionales para aplicar al finalizar el estado de alarma

  • Establece una serie de medidas urgentes en el ámbito sanitario, relativas al control en los puertos y aeropuertos de los pasajeros que llegan a España.
  • Prorroga por 3 meses medidas extraordinarias como el suministro de agua, electricidad y gas natural a colectivos vulnerables, a víctimas de violencia de género y suspende los procedimientos y lanzamientos de vivienda, entre otras.
  • Prevé la posibilidad de recurrir en casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo las medidas que limiten o restrinjan derechos fundamentales, a fin de garantizar la coherencia del sistema y mejorar la seguridad jurídica.

El Consejo de Ministros ha aprobado en una reunión esta mañana, el Real Decreto-ley en el cual se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, que se aplicarán este próximo 9 de mayo tras la finalización del estado de alarma.

El Real Decreto-ley establece medidas de control sanitario que se afectan directamente al control en puertos y aeropuertos, juntas de propietarios, vulnerabilidad económico-social, la situación de violencia de género o la regulación de casación.

Se establecerá una serie de medidas urgentes en el ámbito sanitario, relativas al control en los puertos y aeropuertos de los pasajeros que llegan a España. El objetivo será poder detectar de una forma rápida la presencia de casos importados de COVID-19 que pueden generar nuevos brotes en el país. Además, se podrá localizar a los contactos estrechos de los casos, y hacer cosible la inmediata adpción de medidas para evitar la difución incontrolada de la enfermedad. El sistema de información Spain Travel Health- SpTH permitirá la gestión de la verificación de los certificados digitales, que se puedan habilitar en el marco de la Unión Europea y mejorará la gestión de los pasajeros.

Se establecerá una serie de medidas extraordinarias aplicables a las juntas de propietarios de las comunidades. Se suspende la obligación de convocar y celebrar la junta de propietarios hasta el 31 de diciembre de 2021 y la oblicación de aprobar el plan de ingresos y gastos previsibles, las cuentas correspondientes y el presupuesto anual. También se permite que la junta pueda celebrarse por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple.

Las medidas estraordinarias aplicadas durante las situaciones de vulnerabilidad económica y social se prorrogarán por un plazo de 3 meses para dar una cobertura mayor en dichas situaciones. Se amplía hasta el 9 de agosto de 2021 la garantía de suministro de agua, electricidad y gas natural a los consumidores vulnerables. También se extiende esta prórroga a los perceptores del bono social. Se ampliará también la posibilidad de aplicar una prórriga extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento por un periodo máximo de seis meses, durante se seguirán aplicando los términos y condiciones establecidos para el contrato en vigor aquellos contratos cuyo vencimiento sea entre el 9 de mayo y el 9 de agosto de 2021. Se extenderá hasta esa fecha la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea una empresa o entidad pública de vivienda o un gran tenedor, y se amplían por ese mismo periodo los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses. Hasta el día 9 de septiembre de 2021 estará el plazo para presentar la solicitud de compensación los arrendadores y titulares de la vivienda afectados por la suspensión extraordinaria.

El Real Decreto-ley aborda la situación de las víctimas de género y prorroga por 3 meses la consideración como servicios esenciales de los servicios públicos de información, asesoramiento, teleasistencia, seguimiento, asistencia social integral y acogida para víctimas de todas las formas de violencia contra las mujeres. Además, las comunidades autónomas y las entidades locales podrán destinar fondos que les corresponden del Pacto de Estado contra la Violencia de Género a desarrollar.

Las medidas extraordinarias de carácter socioeconómico se prorrogarán de 36 meses a 24 meses para evitar que la crisis provocada por la pandemia obstaculice su continuidad. Se minizarán los riesgos ante la pérdida de la calificación de Sociedad Laboral o ante su desaparición. Además, la necesidad de personal sanitario continúa siendo una realidad mientras se prolongue la situación de crisis sanitaria, por lo que resulta imprescindible facilitar a las administraciones públicas la contratación de dicho personal. Por ello, se considera necesario y urgente mantener la vigencia de la medida relativa a la posibilidad de que los profesionales sanitarios jubilados puedan incorporarse voluntariamente a los servicios de salud de las comunidades autónomas y de las ciudades con Estatuto de autonomía, permitiendo la compatibilidad de la jubilación y el desarrollo de profesiones
sanitarias sin que se vea mermada la cuantía de la pensión a percibir.

Por último, se regula el recurso de casación contra los autos que en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo dicten los tribunales (Tribunales Superiores de Justicia o Audiencia Nacional), cuando autorizan o revisan las medidas que las autoridades sanitarias dicten en el ámbito sanitario. En los casos que las medidas limiten o restrinjan derechos fundamentales, las autoridades sanitarias pueden acordarlas sometiéndolas a control judicial. El Real Decreto-ley prevé la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Supremo dichas decisiones con el fin de garantizar la coherencia del sistema y mejorar la seguridad jurídica.

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